Buenos días estimados amigos y seguidores, hoy no es una carta mía, no. Es un ruego presentado por mi amigo Sr. Pedro en el Ayto. de San Javier (Murcia) en referencia a la eliminación de la Orientadora del colegio de mis hijos.
Agradecer, de antemano, su cesión para poder publicarla y sus esfuerzos por una educación para todos; creo que da igual el color, amarillo, verde, azul, lo que vale es la valentía de expresar la realidad con datos objetivos y, a la vez, obsoletos de la normativa al respecto.
No se tiene en cuenta el número de alumnos, si no el de unidades didácticas, aunque resulte que salen dos niños con necesidades especiales por aula, por lo menos. Además el Sr. Ujaldón mintió en los medios de comunicación, cosa que yo ya imaginaba (balones fuera), lo siento le hemos pillado es usted, o alguién cercano, el que debía de saber este tema no los equipos de orientación.
Aquí les dejo el Ruego:
"Desde la promulgación de la LO 8/1985 Reguladora del Derecho
a la Educación (LODE) la orientación educativa se considera un derecho de todo
el alumnado. Fue la LO 1/1990 de 30 de octubre de Ordenación General del
Sistema Educativo (LOGSE) la que estableció un modelo único de enseñanza y creó
un soporte institucional para responder a dicho derecho a la orientación.
Nuestra Comunidad Autónoma asumió competencias en educación
en el año 2000 acogiendo el modelo de orientación establecido por la LOGSE. De
esta manera nuestra Comunidad establecía los siguiente servicios de
orientación:
-
Equipos de orientación educativa y
psicopedagógica regulado por Orden de 24 de Noviembre de 2006
-
Departamentos de orientación regulados por la
Resolución de 3 de septiembre de 2003
Dada la importancia de la atención a la diversidad en la
sociedad actual, y el papel de la orientación en dicha atención, nuestra
Comunidad Autónoma aprueba el Decreto 359/2009 de 30 de octubre que Regula la
Atención a la Diversidad del Alumnado y establece en nuestra CA los siguientes
servicios de orientación en las etapas de infantil y primaria:
-
Equipos de atención educativa y psicopedagógica
de sector con un ámbito de intervención sectorial
-
Orientadores de centro, que a partir del curso
2012-13 se otorgaba a aquellos centros de mas de 30 unidades (orden 21 de junio
de 2012)
Por todos es conocida la problemática que se está dando en
el CEIP “Virgen de Loreto” en relación a la dotación del servicio de
orientación, con la sustitución de la orientadora de este centro, por el equipo de orientación de sector,
pasando, por tanto, de disponer del servicio de orientación 5 días a la semana
(orientador de centro) a formar parte de un equipo sectorial, que atiende los
centros de forma sistemática 1 día por semana.
Por un lado nos encontramos con una destitución traicionera,
llevada a cabo en un periodo vacacional en el cual los equipos directivos, los padres y sus asociaciones no tienen la
misma capacidad de respuesta, y por otro, ante un engaño electoral, en el cual
se falta a la palabra dada desde la Consejería de Educación al AMPA de dicho
centro educativo. Que lastima que
dicha promesa no se recogiera por escrito.
Desde el grupo socialista entendemos que la legislación
vigente no responde a las necesidades de la sociedad actual, multicultural y
basada en un modelo único de enseñanza, lo que implica una mayor pluralidad,
provocando que las necesidades educativas de alumnado sean mayores y demandando
un numero mayor de recursos, siendo la figura del orientador fundamental en la
tarea de evaluación, organización, planificación y asesoramiento.
Este CEIP es el centro con mayor ratio de alumnos con
necesidades especificas de apoyo educativo en nuestro municipio, tal y como
señala el director del centro José Ángel Noguera.
Citando un articulo publicado en el periódico “LA
VERDAD” con fecha 9 de agosto, el
Director General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, Enrique Ujaldón
acusa a los propios orientadores, y en este caso al equipo de orientación de sector,
es decir, el del Mar Menor, de decidir “que no haya una orientadora a tiempo
completo en este colegio”, afirmaciones desmentidas por la Asociación de
Orientación Educativa de Murcia (APOEMOR), la cual señala basándose en la
normativa ya mencionada, que los orientadores, y en este caso los equipos de
orientación no tienen potestad en ningún caso para decidir sobre la dotación de
personal. Es vergonzoso que este señor desconozca la legislación vigente y a
quien compete la toma de dicha decisión, y que, en palabras suyas, y cito
textualmente “no sepa si la decisión será equivalente a menos horas de atención
al centro”.
A los socialistas nos parece increíble que tenga la caradura de decir que no tiene
que ver con los cupos de alumnos, cuando la barrera entre un servicio u otro de
orientación la determinan dichos cupos. Que triste que un Director General no
asuma sus responsabilidades echando balones fuera sobre los funcionarios que
conforman los equipos de orientación.
Por todo ello Sr. Alcalde LE RUEGO que se
inste desde este Ayuntamiento a la Comunidad Autónoma al mantenimiento de dicha
orientadora de manera indefinida, en tanto en cuanto se produce una
modificación de la normativa, en la que se establezca una ratio adecuada entre
el numero de alumnos y orientadores realista y que permita responder al art. 27
CE que recoge el Derecho Fundamental a la Educación y a la Ley del Derecho a la
Educación (LODE) que desarrolla dicho precepto y reconoce
el derecho a la orientación educativa de todo el alumnado."
Gracias, gracias y gracias Sr. Pedro.-
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